Kit Consulting. servicios de asesoramiento de Nanfor

Ayudas a la formación

KIT CONSULTING. Juntos hacia el futuro digital

Servicios de asesoramiento

Conoce el programa Kit Consulting

¿Qué es?

Kit Consulting es el programa de ayudas del Gobierno de España que permite a pymes como la tuya diseñar la hoja de ruta para su transformación digital.

 

¿A quién va dirigido?

Los servicios de asesoramiento que proporciona el Programa Kit Consulting están orientados a las pequeñas y medianas empresas de entre 10 y menos de 250 empleados.

 

Bases Reguladoras

Accede aquí a las Bases Reguladoras de la convocatoria del programa Kit Consulting.

 

Formulario de solicitud

A partir del 18 de junio, podrás solicitar el programa Kit Consulting.

 

Requisitos

  1. Domicilio: Tener domicilio fiscal en un país de la Unión Europea.
  2. Volumen de Negocio: El volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la prestación de la solicitud de adhesión igual o superior a 100.000 euros, o que la media del volumen neto de la cifra de negocio de los últimos tres años fiscales cerrados desde la fecha de la solicitud de adhesión sea superior a 100.000 euros.
  3. IAE: Estar dado de alta o darte de alta en alguno de estos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE): Para Empresas: Agrupación 84 (844, 845, 846, 847 y 849), Agrupación 76 - Para actividades profesionales: Agrupación 76 y 79

  4. Obligaciones: Estar al corriente de sus obligaciones Tributarias y frente a la Seguridad Social.

  5. Empresa: Tener la condición de empresa y no ser beneficiaria de estas ayudas   

 

Etapas del programa

  1. Se podrá solicitar desde el 18-06-24 a las 11.00h hasta el 28 de Febrero del 2025 a las 11.00h
  2. Revisión de la solicitud por Red.es
  3. Concesión
  4. Elegir asesor y servicios (1er acuerdo dentro de los 3 meses desde la concesión)
  5. Presentación del servicio (plazo 3 meses desde firma acuerdo) Se empite factura
  6. Pago de IVA por parte del Beneficiario
  7. Justificación (máx. 5 meses desde la firma cuerdo)

 

ATENCIÓN

No podrán ser beneficiarios si:

  • Has solicitado otra ayuda que cubra el mismo coste
  • Has solicitado alguna de las siguientes ayudas: PADIH, Programa de agentes del cambio, Activa Industria 4.0, Activa ciberseguridad, Activa crecimiento

 

Justificación

  • Emisión factura al finalizar los 3 meses de servicio
  • Plazo máximo justificación 5 meses desde la finalización del acuerdo
  • Utilización de la IA en la revisión de las justificaciones
  • Pago del IVA tras la emisión de la factura de tres meses
  • Las cámaras de comercio revisaran el proceso de justificación
  • Una vez validada la justificación Red.es realizará el pago